Plan Nacional PNECU/PCU | ![]() |
El Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades (1995-2000), ha jugado un papel promotor para impulsar el desarrollo de la evaluación institucional de la calidad en las Universidades. Elaboró una metodología común para el desarrollo de los procesos de evaluación, de las titulaciones de los departamentos y de los servicios, basado en tres pilares; autoevaluación, evaluación externa por pares y publicación de los resultados y facilitó los instrumentos necesarios para la recogida de datos y las guías que dan soporte a los comités de evaluación.
El II Plan de la Calidad de las Universidades establecido por Real Decreto 408/2001 el 20 de abril 2001 tiene una vigencia de seis años. Su voluntad explícita de fomentar la implantación de sistemas de calidad en la institución universitaria que aseguren la mejora continua, sigue la línea iniciada por el anterior Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades, y pone su énfasis en la transparencia y la información al ciudadano y, en consonancia con los países europeos, abre una vía hacia la acreditación de las titulaciones.
Dos actividades precedieron su implantación; el Programa Experimental de Evaluación de la Calidad del Sistema Universitario, 1992-94 cuyo objetivo fue poner a prueba una metodología de evaluación institucional inspirada en las experiencias internacionales, y en segundo lugar, el Proyecto Piloto Europeo de 1994-95, que reunió en una misma orientación metodológica la evaluación de la enseñanza superior de 17 países participantes.
El Consejo de Universidades, a través del Pleno, establece los mecanismos de coordinación y participación de las Universidades y de las Comunidades Autónomas en el desarrollo y seguimiento del Plan, efectúa propuesta al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el establecimiento de las modalidades de concurrencia al mismo y aprueba el informe anual sobre la calidad de las Universidades.
La Secretaría General del Consejo de Universidades es la responsable de coordinar e impulsar la gestión del Plan, así como de presentar al Pleno el informe anual sobre la calidad de las Universidades.
Comisión de Coordinación Técnica formada por el Secretario General del Consejo de Universidades que la preside, el Director general de Universidades del Ministerio de Educación Cultura y Deportes que actúa como Vicepresidente, el Vicesecretario de Estudios del Consejo de Universidades que actúa de Secretario, un representante de cada una de las entidades autónomas gestoras del Plan y los expertos en calidad nombrados por el Ministro de Educación Cultura y Deporte a propuesta del Pleno del Consejo de Universidades.
Para atender al Secretario General en las tareas derivadas de la gestión y coordinación del Plan se creará una Oficina de Gestión dotada de personal cualificado para las tareas de la evaluación, de la que también formarán parte los expertos en calidad de la Comisión de coordinación técnica.
Las Comunidades Autónomas que han asumido la gestión de la evaluación en la zona de su competencia, crearon sus propias Agendas de Evaluación coordinadas con el Plan Nacional de Evaluación.
AQ (Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari a Catalunya)
UCUA (Unidad para la Calidad de las Universidades Andaluzas)
En cada Universidad existe una Unidad de Calidad presidida por el Rector, responsable de la calidad en su Institución y una Unidad Técnica que da soporte técnico a los procesos de evaluación internos.
El II Plan de la Calidad de las Universidades tiene los siguientes Objetivos:
Continuar con la evaluación institucional y fomentar la implantación en las Universidades de sistemas de calidad integral para la mejora continua.
Promover la participación de las CCAA en el desarrollo de la gestión del Plan propiciando la creación de entidades autonómicas dedicadas a tal fin, con el objeto de propiciar una red de Agencias de la Calidad Universitaria coordinadas por el Consejo de Universidades.
Desarrollar metodologías homogéneas con las existentes en la unión Europea, que permitan establecer estándares contrastados para la acreditación de la calidad alcanzada.
Implantar un sistema de información a las Universidades, a las Administraciones públicas y a la sociedad, basado en la evaluación por los resultados y apoyado en un catálogo de indicadores, que pueda servir de base para la toma de decisiones en el ámbito de sus respectivas competencias.
Establecer un sistema de acreditación de programas formativos, grados académicos e instituciones que permita garantizar la calidad en conformidad con estándares internacionales, abarcando también programas de doctorado y formación de postgrado.